Con el nuevo procedimiento las empresas navieras, cuando formen un consorcio, podrán transmitir los manifiestos de carga.
Es la aplicación del criterio de aleatoriedad de los manifiestos, para determinar en cuáles hay participación o no de la autoridad aduanera.
Con TICA, el semáforo ya no estará a cargo de la gerencia de la aduana, sino que va a ser automatizado e implementado por la Dirección General en la Oficina de Riesgo.
Con fundamento en el artículo 21 de la Ley General de Aduanas, en el que se establece que las autoridades de salud, migratorias de policía y demás que ejerzan control sobre los ingresos, deberán ejercer sus competencias en forma coordinada, se faculta a dichas autoridades para que, dentro de sus competencias, retengan y liberen conocimientos de embarques para el ejercicio de los controles que le son propios.
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