Principales cambios en los procedimientos

 

·                    ¿En términos generales, cuáles son los principales cambios que introducirá el TICA en los procedimientos aduaneros?

En general:

 

1. Utilización de un formato único de declaración aduanera (DUA)

 

2. Automatización del proceso aduanero (recepción, validación, arancel integrado, pago, aceptación, selectividad y levante electrónico, entre otros)

 

3. Autodeterminación y pago electrónico.

 

 

 

6. Conexión electrónica con organismos públicos y privados que son requeridos para algunas gestiones aduaneras (exenciones, notas técnicas, bancos).

 

 

 

7. Eliminación de la presentación de papeles.

 

 

 

8. Operación del sistema las 24 horas y 365 días al año.

 

En ingreso:

 

1. El interesado numera y da seguimiento al manifiesto de carga.

 

2. Transmisión por parte de las navieras que formen un consorcio en ingreso marítimo.

 

3. Obligatoriedad de cumplimiento de procesos sucesivos (consolidador, depósito, estacionamiento transitorio)

 

4. Control de los procesos a través de definición de plazos (1 hora, 24 horas, 20 días cierre de manifiesto)

 

5. Retención y liberación de conocimientos de embarque.

 

En Depósito:

 

1. Asignación de número de inventario al ingreso de mercancías (mantiene relación con los documentos de ingreso y ubicación dentro del depósito).

 

 

2. Mensaje de fin de tránsito (captura fecha y hora, consulta participación aduana, programa descarga).

 

 

3. Reempaque y distribución  (fraccionamiento y agrupamiento).

 

 

4. Registro del RUC del consignatario  (endosos y cesión de derechos).

 

 

5. Control de cambio de ubicación de mercancías con levante autorizado (tres días después de autorización de levante)

 

 

6. Control de salidas de mercancías (consulta a TICA y mensaje de respuesta, control del responsable del retiro)

 

 

7. Control de plazos y cambio a mercancía en abandono.

 

 

8. Despacho a bordo (autorización y control).

 

En Tránsito Aduanero

1. Control de plazos, rutas y tiempos de recorrido dentro del TICA  (módulo de viajes y control de portones).

 

2. Modalidades especiales de tránsito (lechero y masivo).

 

3. Semáforo en autorización y fin de tránsito.

 

4. Disponibilidad de información en la WEB sobre el estado del DUA y del viaje.

 

5. Confirmación de los datos reales al inicio del tránsito (chofer y matrícula del medio de transporte).

 

6. Movilización de mercancías amparadas sólo a viajes (en ubicaciones dentro de la misma jurisdicción).

 

En Importación

 

1. Validación de información y aceptación del DUA en forma automática.

 

2. Eliminación de los  formularios impresos del DUA y  DVA.

 

3. Digitalización de documentación obligatoria.

 

4. Levante electrónico.

 

5. Transmisión electrónica de notas técnicas, exoneraciones, compensación.

 

6. Eliminación del registro de importadores.

 

7. Cobro electrónico de los tributos.

 

8. Inclusión de resultados (todas las intervenciones de los funcionarios).

 

9. Control de actuación del funcionario (segunda revisión).

 

10. Solicitud de semáforo (inmediato o posterior, horario de asignación).

 

11. Diferentes momentos de asociación de inventario, correlación de DUAS.

 

12. DUAS con control de tránsito (VAD, DAD, aduana domiciliaria).

 

13. Revisión documental centralizada.

 

14. Control a priori y centralización de la revisión a posteriori.

 

15. Control de plazos para mercancías importadas temporalmente, cancelación por cualquier aduana.

 

16. Automatización de la inclusión de valor de vehículos (VIT).

 

 

¿Si Internet no es tan seguro como la gente cree a veces, qué medidas de seguridad tiene previstas el TICA?

El TICA cuenta con servidores de alta disponibilidad y sistemas de seguridad como son:  firewalls, antivirus y detección de intrusos, además para mayor seguridad será obligatorio uso de dispositivo de firma electrónica y como un elemento adicional el envío de toda la información que se haga al TICA se hará a través de una Red de Valor Agregado, sobre la cual nos referiremos más adelante.  

¿Van a estar publicadas las declaraciones aduaneras en el TICA a través de Internet?

Cada usuario autorizado va a poder conocer en tiempo real el estado en que se encuentra no solo la declaración aduanera en sí, si no que además va saber en que fase del proceso se encuentra su mercancía, todo esto por medio de la página Web del Ministerio.

 

¿Quién puede tener acceso a la información confidencial de la declaración aduanera?

Nadie más que el propio importador o exportador y su agente aduanero tienen acceso a su información.  No obstante, para facilitar la operación expedita, en el caso del ingreso de mercancías o del tránsito, el sistema posibilitaría la consulta de la información que transmita el transportista o el almacén fiscal, para efectos de que el agente aduanero continúe con la presentación la declaración aduanera.

¿Si no va a haber documentos, qué debe conservar como Auxiliar?

Aunque no haya documentos para efectos de la tramitación de una declaración aduanera, subsisten aquellos necesarios para el despacho como la factura comercial, la declaración del valor, el conocimiento de embarque.  Se está planteando que estos documentos, mientras subsista la obligación de que sustenten la información de la declaración, sean conservados por el Auxiliar en papel.  Además, deben de conservar un archivo digital de la declaración y de las imágenes de los documentos que sé escanearon para el trámite de la declaración.  Las directrices técnicas de cómo conservarlos los dará la Dirección General de Aduanas oportunamente.

            ¿Qué sucede si se destruyen o queman los documentos por un accidente y se daña el disco duro o el soporte físico de la copia en digital?

El TICA permite que se guarde una copia en digital en los servidores del Servicio Aduanero y además, se plantea que el proveedor de servicios de la VAN tenga a su vez una copia en digital. 

            ¿Puede la Administración llevar a alguien a un juicio o cobrarle tributos dejados de pagar con únicamente los documentos en digital?

Una copia en digital de los documentos en papel va a mantenerse por el proveedor de servicios de la VAN y por el Servicio Aduanero, en consecuencia, en términos legales, esto es mejor que no tener ninguna copia de esos documentos, como sucede ahora, en situaciones similares.  En todo caso, el Poder Judicial y los tribunales poco a poco están aceptando estos nuevos mecanismos de conservación y de declaración para los efectos legales correspondientes.  Este es un proceso que continuará en todos los campos del quehacer nacional y mundial.

            ¿Eso de escanear los documentos, se hace en otro lugar del mundo? Hay experiencia al respecto?

            De una forma o de otra, los países han ido implementando sus propios sistemas de información.  En el caso de Costa Rica, hasta donde se tiene conocimiento, sería la primera vez que se utilice un procedimiento de imágenes como el que se va a implementar.  En Uruguay, con el sistema de aduanas se trató de hacer algo similar pero no se llevó a cabo.  No debemos olvidar que también es nuestro país el único en tener libremente el acceso a las declaraciones aduaneras con toda la información menos la confidencial, a través de Internet para todo el que quiera accesarla, lo cual ha servido para que se ejerza un control público y transparente sobre lo que se declara en las Aduanas.

            ¿Se va a perder control sobre lo declarado con la no presentación de los documentos a la Aduana?

Todo lo contrario.  Con el escanéo de los documentos, su conservación, accesibilidad a nivel nacional, el uso de un sistema centralizado y una capacitación continúa del personal, hay seguridad de que la capacidad de control mejorara sustancialmente.

 


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